Código técnico de edificación – CTE – Parte 1 de 4

Desde su aprobación el 29 de marzo de 2006, el CTE es el marco normativo por el que se regulan las exisgencias básicas de calidad que deben cumplir los edificios, incluidas sus instalaciones, para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad establecidos en la  Ley de Ordenación de la Edificación (LOE). Para fomentar la innovación y el desarrollo tecnológico, el CTE asume como suyo el enfoque internacional más moderno en materia de normativa de edificación: los Códigos basados en prestaciones u objetivos.

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El uso de esta nueva reglamentación basada en prestaciones supone la configuración de un entorno flexible, fácilmente actualizable conforme a la evolución de la técnica y la demanda de la sociedad y basado en la experiencia de la normativa tradicional.

Ambito de aplicaci?n

Las reglamentaciones del CTE se aplican en las obras de edificaci?n de nueva construcci?n, salvo en aquellas de escasa entidad constructiva y sencillez t?cnica, levantadas sobre una sola planta, que no vayan a asumir funciones residenciales ni p?blicas. Igualmente, el CTE se aplicar? a las obras de ampliaci?n, modificaci?n, reforma o rehabilitaci?n que se realicen en edificios existentes, siempre y cuando dichas obras sean compatibles con la naturaleza de la intervenci?n y, en su caso, con el grado de protecci?n que puedan tener los edificios afectados. A estos efectos, el CTE entender? por obras de rehabilitaci?n aquellas que impliquen:

  • La adecuaci?n estructural, considerando como tal las obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad constructiva, de forma que quede garantizada su estabilidad y resistencia mec?nica.
  • La adecuaci?n funcional, es decir, la realizaci?n de las obras que proporcionen al edificio mejores condiciones respecto de los requisitos b?sicos a los que se refiere el CTE. Se consideran, en todo caso, obras para la adecuaci?n funcional de los edificios, las actuaciones que tengan por finalidad la supresi?n de barreras y la promoci?n de la accesibilidad, de conformidad con la normativa vigente.
  • la remodelaci?n de un edificio con viviendas que tenga por objeto modificar la superficie destinada a vivienda o modificar el n?mero de ?stas, o la remodelaci?n de un edificio sin viviendas que tenga por finalidad crearlas. Respecto a la funcionalidad del edificio, deber? comprobarse el cumplimiento de las exigencias b?sicas del CTE cuando pretenda cambiarse el uso, aunque este cambio no suponga la realizaci?n de obras.

Contenido

Con el fin de facilitar su comprensi?n, desarrollo, utilizaci?n y actualizaci?n, el CTE se ordena en dos partes:

  • La primera contiene las disposiciones y condiciones generales de aplicaci?n del CTE y las exigencias b?sicas? que deben cumplir los edificios.
  • La segunda est? formada por los denominados Documentos B?sicos (DB), para el cumplimiento de las exigencias b?sicas del CTE. Los DB, basados en el conocimiento consolidado de las distintas t?cnicas constructivas, se actualizar?n seg?n los avances t?cnicos y las demandas sociales y se aprobar?n reglamentariamente.

Los documentos b?sicos contienen:

  • La caracterizaci?n de las exigencias b?sicas y su cuantificaci?n, en la medida en que el desarrollo cient?fico y t?cnico de la edificaci?n lo permite, mediante el establecimiento de los niveles o valores l?mite de las prestaciones de los edificios o sus partes.
  • Procedimientos cuya utilizaci?n acredita el cumplimiento de aquellas exigencias b?sicas, concretados en forma de m?todos de verificaci?n o soluciones sancionadas por la pr?ctica.

Fuente de la informaci?n:

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